Artículo 16: Protección contra la explotación, la violencia y el abuso

Artículo 16: Protección contra la explotación, la violencia y el abuso

Indicadores de estructura

16.1 Legislación que penaliza, protege y previene todas las formas de violencia, abuso y explotación, que incluya a las personas con discapacidad, con sanciones para los autores y recursos efectivos para la víctima

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En cumplimiento – La Ley 21.013 que tipifica un nuevo delito de maltrato y aumenta la protección de personas en situación especial , incorporó el delito de maltrato relevante, sancionando al que, de manera relevante, maltratare corporalmente a un NNA, a una persona adulta mayor o a una persona con discapacidad. Lo mismo en el caso que se ejerza algún deber de especial cuidado o protección respecto de alguna de las personas antes mencionadas. – La Ley 21.430 sobre Garantías de la Niñez, contiene el derecho a la protección contra la violencia, según el cual ningún niño, niña y adolescente podrá ser sometido a violencia, malos tratos físicos o psíquicos, descuidos o tratos negligentes, abusos sexuales o de cualquier otra índole, venta, trata, explotaciones, tortura u otro trato ofensivo o degradante.
– La Ley 20.066 que establece la Ley de Violencia Intrafamiliar , reconoce que es constitutivo de violencia intrafamiliar el maltrato que afecte la vida o integridad física o psíquica de la víctima, cuando esta conducta recaiga sobre una persona con discapacidad que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar. 
https://bcn.cl/2n79h
El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador.

16.2 Que no existan disposiciones en la legislación que permitan la exención de la penalización de prácticas no consentidas de cualquier tipo, incluidas aquellas basadas en la restricción/denegación de la capacidad jurídica, o en deficiencias reales o percibidas de la víctima o en la determinación del interés superior por parte de un tercero.

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Incumplido – El régimen de incapacidad absoluta por demencia y de sustitución de voluntad mediante representación se encuentra consagrado en los Arts. 338, 390, 456, 460, 1445 a 1447 del Código Civil, y reforzados por la Ley 18.600.El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador.

16.3 Adopción de un plan o política nacional para prevenir, detectar y combatir la violencia, el abuso y todas las formas de explotación, con referencia explícita a las personas con discapacidad, que aborde las necesidades particulares de mujeres, niños y niñas, adultos mayores y personas con todo tipo de discapacidad en entornos públicos y privados.

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Incumplido No se hace referencia a personas con discapacidad en el Plan Nacional de Acción en contra de la Violencia hacia las Mujeres 2021-2030. Tampoco se encuentran planes o políticas sobre la prevención de la violencia hacia personas con discapacidad.Deben considerarse entornos diversos, por ejemplo: hogar, escuela, internados, entornos comunitarios, instituciones de asistencia social (por ejemplo, orfanatos e instituciones residenciales), centros de salud (por ejemplo, hospitales psiquiátricos), residencias de ancianos, campos de oración, prisiones, entornos laborales, etc.

16.4 Adopción de programas para la recuperación, rehabilitación y reintegración social de víctimas de violencia, abuso y explotación, incluida la prestación de protección contra represalias y servicios de asistencia, incluyendo refugio y vivienda, que sean culturalmente adecuados, no discriminatorios e inclusivos hacia las personas con discapacidad.

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Incumplido La información proporcionada no permite evaluar si el programa incluye consideraciones relativas al trato no discriminatorio e inclusivo hacia personas con discapacidad.El indicador exige medidas específicas para mujeres, niños y personas de edad. 

16.5 Obligación reglamentaria de recopilar datos sobre denuncias, investigaciones y condenas relacionadas con la violencia, el abuso y la explotación de personas con discapacidad, desagregados por sexo, edad, discapacidad y forma de violencia, abuso y explotación

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Incumplido La Ley 20.066 sobre Violencia Intrafamiliar dispone que el Estado deberá crear y mantener sistemas de información y registros estadísticos en relación con la violencia intrafamiliar (Art. 3 letra f)El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador. 

16.6 Legislación promulgada para penalizar la violación y el matrimonio forzado y para eliminar todas las exenciones de penalización de cualquier práctica no consensuada basada en la unión conyugal.

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Incumplido Nuestro ordenamiento jurídico no tipifica especialmente el delito de violación conyugal, y además, contempla una hipótesis según la cual se puede llegar a una exención de responsabilidad basada en la unión conyugal o convivencia.  El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador.

16.7 Medidas adoptadas para proteger a los niños y adultos con discapacidad que aún residan en instituciones y entornos residenciales de la exposición a la violencia, el abuso, la explotación, el abandono y otras violaciones.

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Incumplido Se desconoce la aplicación de medidas que tengan por objeto proteger a niños y adultos con discapacidad en el sentido establecido por el indicador. No se encuentran en la mencionada Norma Técnica acciones en el sentido del indicador.Las “instituciones” incluyen los entornos institucionales de carácter temporal o a corto plazo, como las salas de psiquiatría, y las instituciones a largo plazo.

16.8 Designación de autoridades independientes encargadas de llevar a cabo el monitoreo y las inspecciones periódicas de todos los centros y programas públicos y privados destinados a prestar servicios a las personas con discapacidad, con competencia para iniciar acciones legales a fin de hacer cumplir la legislación conexa, incluyendo aquella sobre prevención y lucha contra la violencia.

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En cumplimiento – El Art. 6 letra h) de la ley 21.302 dispone que es función del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia supervisar y fiscalizar técnica, administrativa y financieramente la labor que ejecutan los colaboradores acreditados conforme a la normativa técnica y administrativa del Servicio respecto de cada programa de protección especializada, y a los respectivos convenios. Para estos efectos, la supervisión y fiscalización que deberá realizar el Servicio consistirá en el mecanismo de control a través del cual podrá aplicar sanciones a los colaboradores acreditados en los casos calificados por la misma ley. – El Programa de Residencias y Hogares Protegidos es de responsabilidad del Ministerio de Salud, y está radicado especialmente en los Servicios de Salud. Este programa se rige por la Norma Técnica del año 2000 del Ministerio de Salud.- Dentro de las funciones de la Defensoría de la Niñez se encuentra la de visitar los centros de privación de libertad, centros residenciales de protección o cualquier otra institución, en la que un niño, niña o adolescente se encuentre privado de libertad. En este sentido, además detenta la facultad de denunciar vulneraciones de derechos ante los organismos competentes. El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador.

16.9 Reconocimiento legal de la denegación de ajustes razonables en instituciones públicas y privadas como discriminación basada en la discapacidad, que podría constituir una violación de la integridad mental o física y de la dignidad de la persona.

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Incumplido. La definición de ajustes necesarios de la ley 20.422 no se ajusta a la definición de ajustes razonables del Art. 2 de la CDPD . Tampoco se reconoce en la legislación la denegación de ajustes razonables como forma de discriminación basada en la discapacidad en todas las esferas de la vida.El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador.

16.10 Legislación promulgada con la finalidad de penalizar las prácticas dañinas que comúnmente se cometen contra las personas con discapacidad.

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Incumplido. El Comité exige la penalización de otro tipo de prácticas nocivas, como la ocultación de personas con discapacidad o tratamientos e intervenciones psiquiátricas no consentidas. Sobre lo último, nuestro ordenamiento jurídico en la ley 21.331 contiene la figura de internamiento forzado.Por ejemplo, el matrimonio infantil y forzado, la mutilación genital femenina, las acusaciones de brujería, el confinamiento y la ocultación de personas con discapacidad, el tratamiento no consentido, como intervenciones psiquiátricas no consentidas, aborto forzado y anticoncepción forzada.

16.11 Legislación promulgada para prohibir la incitación a la discriminación, la hostilidad, la violencia y la “discursos de odio” que incluya explícitamente la discapacidad entre los campos protegidos.

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Incumplido. El ordenamiento jurídico nacional no contempla el delito de incitación al odio o a la violencia por motivos discriminatorios. Solo se sanciona de forma acotada respecto de los medios de comunicación social y circunscrito a ciertos factores de discriminación que no incluyen la discapacidad.El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador.

16.12 Disposiciones legislativas que penalicen la trata de personas y el tráfico de órganos y miembros, que hagan referencia explícita a las personas con discapacidad.

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Incumplido. – El 1 de abril de 2011 se promulgó la ley 20.507 que tipifica los delitos de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas y establece normas para su prevención y más efectiva persecución criminal[1]. Dicha ley no contiene normas explícitas sobre personas con discapacidad.- Los Arts. 13 y de la Ley 19.451 que establece normas sobre el trasplante y donación de órganos, tipifica el delito de tráfico de órganos. Dicha ley no contiene normas explícitas sobre personas con discapacidad
[1] https://bcn.cl/2k2m9
El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador.

16.13 Programas inclusivos hacia niños y adultos con discapacidad que prevengan y protejan del tráfico y la explotación, incluyendo la mendicidad.

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Incumplido. El Decreto Exento N° 2821 de 2008 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, creó la Mesa Intersectorial sobre Trata de Personas MITP, encargada de coordinar el Plan de Acción Nacional contra la Trata de Personas[1]. Dicho plan de acción se encuentra desactualizado, dado que rige entre el 2015 y 2018, y no considera especialmente a personas con discapacidad.
[1] http://tratadepersonas.subinterior.gov.cl/noticias/plan-de-accion-nacional-contra-la-trata-de-personas-2015-2018/
El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador.

Indicadores de proceso

16.14 Porcentaje de refugios y otras residencias temporales para las víctimas de violencia que sean plenamente accesibles en términos de entorno físico y comunicación por ciudad/región.

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16.15 Porcentaje de servicios sociales y de apoyo a las víctimas de violencia que sean accesibles en términos de entorno físico y de comunicación por ciudad y región.

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16.16 Líneas telefónicas de emergencia operativas y accesibles y mecanismos de denuncia para solicitar asistencia para víctimas de violencia, abuso y explotación.

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16.17 Proporción de la población que se siente segura cuando camina sola en su zona de residencia (basado en indicador de los ODS 16.1.4) por edad, sexo, discapacidad.

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16.18 Presupuesto asignado y utilizado en la prevención y respuesta a la violencia, la explotación y el abuso dirigidos a las personas con discapacidad, incluyendo consultas y monitoreo de servicios.

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16.19 Numero y proporción del personal de las fuerzas del orden y del sistema penal de justicia, educación, servicios sanitarios y servicios sociales para víctimas de la violencia, incluidos los refugios y otros centros, líneas de atención telefónica y mecanismos de denuncia que recibieron capacitación sobre la obligación de prevenir, identificar, investigar y sancionar la violencia, el abuso y la explotación contra las personas con discapacidad, incluida la lucha contra la discriminación basada en la discapacidad y las prácticas no consensuales, restrictivas o coercitivas.

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16.20 Campañas y actividades de toma de conciencia para erradicar la violencia, el abuso, la explotación y las prácticas nocivas contra personas con discapacidad, incluida la lucha contra los estereotipos negativos, y la puesta a disposición de información y programas para educar a las personas con discapacidad sobre sus derechos, la búsqueda de protección, asistencia y servicios y el apoyo para acceder a la justicia, incluyendo la integración en los programas de estudio escolares y los programas de educación en derechos humanos.

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16.21 Proporción de la población que considera que el abuso o la violencia contra las personas con discapacidad es aceptable o tolerable.

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16.22 Procesos de consulta llevados a cabo para asegurar la participación activa de todas las personas con discapacidad, en particular mujeres con discapacidad incluyendo las organizaciones que las representan, en el diseño, la implementación y el monitoreo de leyes, reglamentos, políticas y programas, en relación con la violencia, los abusos y la explotación.

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16.23 Proporción de víctimas de violencia en los últimos 12 meses que han notificado su victimización a las autoridades competentes u otros mecanismos de resolución de conflictos reconocidos oficialmente (indicador 16.3.1 de los ODS), desagregado por edad, sexo y discapacidad.

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16.24 Proporción de denuncias recibidas sobre violencia, abuso o explotación de personas con discapacidad que hayan sido investigadas y resueltas; proporción de las mismas resueltas a favor del denunciante, y proporción de estas últimas cumplidas por el gobierno o el responsable; todas ellas desagregadas por tipo de mecanismo.

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Indicadores de resultados

16.25 Proporción de la población que haya sufrido violencia física, psicológica o sexual en los últimos 12 meses (indicador 16.1.3 de los ODS) por edad, sexo y discapacidad.

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16.26 Proporción de mujeres y hombres jóvenes entre los 18 y los 29 años que sufrieron violencia sexual antes de cumplir los 18 años (indicador 16.2.3 de los ODS) por edad, sexo y discapacidad.

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16.27 Proporción de mujeres y niñas sometidas a violencia, abuso o explotación física, sexual o psicológica a manos de su pareja actual o anterior en los últimos 12 meses, desagregada por forma de violencia, abuso y explotación, por edad (indicador 5.2.1 de los ODS) y discapacidad.

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16.28 Proporción de mujeres y niñas sometidas a violencia sexual por personas que no eran su pareja en los últimos 12 meses, por edad, lugar de ocurrencia (indicador 5.2.2 de los ODS) y discapacidad.

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16.29 Número de casos denunciados de explotación, violencia, abuso y explotación en instituciones públicas y privadas, por sexo, edad y discapacidad.

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16.30 Proporción de la población entre 1 y 17 años que hayan sufrido algún castigo físico y/o agresión psicológica a manos de sus cuidadores en el último mes (indicador 16.2.1 de los ODS) por sexo y discapacidad.

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16.31 Proporción de personas que hayan sido víctimas de acoso físico o sexual en los últimos 12 meses, desagregada por sexo, edad, grado de discapacidad y lugar del hecho (indicador 11.7.2 de los ODS).

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16.32 Proporción de mujeres casadas o en unión antes de los 15 y 18 años (indicador 5.3.1 de los ODS) por discapacidad.

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16.33 Proporción de niñas y mujeres que hayan sufrido mutilación o ablación genital femenina, por edad (indicador 5.3.2 de los ODS) y discapacidad.

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16.34 Número de víctimas de trata de personas por cada 100.000 habitantes, por sexo, edad, forma de explotación (indicador 16.2.2 de los ODS) y discapacidad.

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Indicadores

Artículos 1-4: Propósito, Definiciones, Principios Generales y Obligación General

Artículos 1-4: Propósito, Definiciones, Principios Generales y Obligación General

Indicadores de estructura 1/4. 1 Ausencia o retiro efectivo de:– Reservas realizadas al ratificar o acceder al CDPD– Declaraciones interpretativas de las disposiciones de...

Artículo 5: Igualdad y no discriminación

Artículo 5: Igualdad y no discriminación

Indicadores de estructura 5.1 Disposiciones constitucionales nacionales aprobadas y/o leyes promulgadas en las que se reconoce el derecho a la igualdad y la no...

Artículo 6: Mujeres con discapacidad

Artículo 6: Mujeres con discapacidad

Indicadores de estructura 6.1 Marcos jurídicos vigentes que promueven, hacen cumplir y supervisan la igualdad y la no discriminación por motivos de sexo (basado...

Artículo 7: Niños con discapacidad

Artículo 7: Niños con discapacidad

Indicadores de estructura 7.1 Toda la legislación relativa a los niños prohíbe la discriminación por cualquier motivo  y garantiza el respeto, la protección y...

Artículo 8: Sensibilización

Artículo 8: Sensibilización

Indicadores de estructura 8.1 Ninguna disposición legal ni política pública perpetúa el estigma y la discriminación contra las personas con discapacidad. 8.2 Existencia de...

Artículo 9: Accesibilidad

Artículo 9: Accesibilidad

Indicadores de estructura 9.1 Legislación promulgada que garantice el derecho al acceso, en igualdad de condiciones con los demás, al entorno físico, el transporte,...

Artículo 10: Derecho a la vida

Artículo 10: Derecho a la vida

Indicadores de estructura 10.1 Legislación promulgada para proteger el derecho a la vida de las personas con discapacidad, incluyendo sanciones penales para los autores...

Artículo 11: Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias

Artículo 11: Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias

Indicadores de estructura 11.1 Ratificación de tratados internacionales de derechos humanos, humanitarios, de los refugiados y del medio ambiente y adopción/adhesión de compromisos internacionales ...

Artículo 12: Igual reconocimiento ante la ley

Artículo 12: Igual reconocimiento ante la ley

Indicadores de estructura 12.1 Legislación promulgada que:– reconozca la capacidad de las personas con discapacidad para crear, modificar o poner fin a relaciones jurídicas...

Artículo 13: Acceso a la justicia

Artículo 13: Acceso a la justicia

Indicadores de estructura 13.1 Legislación promulgada relativa al sistema judicial que sea inclusiva con las personas con discapacidad, tanto en su estructura/organización/administración y sus...

Artículo 14: Libertad y seguridad de la persona

Artículo 14: Libertad y seguridad de la persona

Indicadores de estructuras 14.1 Constitución y legislación nacional que reconozcan el derecho de todas las personas con discapacidad a la libertad y seguridad de...

Artículos 15 y 17: Protección contra la tortura o tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y protección de la integridad de la persona

Artículos 15 y 17: Protección contra la tortura o tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y protección de la integridad de la persona

Indicadores de estructura 15/17.1 Ratificación del Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (OPCAT)....

Artículo 16: Protección contra la explotación, la violencia y el abuso

Artículo 16: Protección contra la explotación, la violencia y el abuso

Indicadores de estructura 16.1 Legislación que penaliza, protege y previene todas las formas de violencia, abuso y explotación, que incluya a las personas con...

Artículo 18: Libertad de circulación y nacionalidad

Artículo 18: Libertad de circulación y nacionalidad

Indicadores de estructura 18.1 Legislación promulgada para:– garantizar el derecho de las personas con discapacidad a entrar o salir del país en igualdad de...

Artículo 19: Vivir de forma independiente y ser incluido en la comunidad

Artículo 19: Vivir de forma independiente y ser incluido en la comunidad

Indicadores de estructura 19.1 Legislación promulgada en la que se reconozca el derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la...

Artículo 20: Movilidad personal

Artículo 20: Movilidad personal

Indicadores de estructura 20.1 Legislación promulgada en la que se reconozca y garantice el derecho de las personas con discapacidad a la movilidad personal...

Artículo 21: Libertad de expresión y opinión, y acceso a la información

Artículo 21: Libertad de expresión y opinión, y acceso a la información

Indicadores de estructura 21.1 Legislación promulgada que reconozca el derecho a la libertad de expresión y opinión,  incluyendo la libertad de buscar, recibir y...

Artículo 22: Respeto de la privacidad

Artículo 22: Respeto de la privacidad

Indicadores de estructura 22.1 Legislación que reconozca y regule el derecho a la privacidad, que sea inclusiva hacia las personas con discapacidad. 22.2 Legislación...

Artículo 23: Respeto al hogar y a la familia

Artículo 23: Respeto al hogar y a la familia

Indicadores de estructura 23.1 Legislación promulgada sobre la vida familiar que sea inclusiva hacia las personas con discapacidad y que provea el derecho de...

Artículo 24: Educación

Artículo 24: Educación

Indicadores de estructura 24.1 Legislación promulgada que asegure la educación inclusiva para todos los estudiantes, incluidos los estudiantes con discapacidad, en entornos públicos y...

Artículo 25: Salud

Artículo 25: Salud

Indicadores de estructura 25.1 Legislación relativa a la salud que reconoce explícitamente:– igualdad de acceso de las personas con discapacidad a servicios de salud...

Artículo 26: Habilitación y rehabilitación

Artículo 26: Habilitación y rehabilitación

Indicadores de estructura 26.1 Legislación promulgada para proporcionar acceso a los servicios de habilitación y rehabilitación a todas las personas con discapacidad, en línea...

Artículo 27: Trabajo y empleo

Artículo 27: Trabajo y empleo

Indicadores de estructura 27.1 Legislación promulgada relativa a todos los aspectos del trabajo, empleo y formación y servicios de empleo que sean inclusivos de...

Artículo 28: Nivel de vida adecuado y protección social

Artículo 28: Nivel de vida adecuado y protección social

Indicadores Estructura 28.1 Legislación promulgada y políticas/planes nacionales que sean inclusivos de las personas con discapacidad para asegurar el acceso a todos los programas...

Artículo 29: Participación en la vida política y pública

Artículo 29: Participación en la vida política y pública

Indicadores de estructura 29.1. Legislación sobre el sistema político y electoral que sea inclusiva hacia las personas con discapacidad y que garantice su derecho...

Artículo 30: Participación en la vida cultural, la recreación, el ocio y el deporte

Artículo 30: Participación en la vida cultural, la recreación, el ocio y el deporte

Indicadores de estructura 30.1 Disposiciones legales promulgadas en todos los sectores relacionados para garantizar el derecho de las personas con discapacidad a participar en...

Artículo 31: Estadísticas y recopilación de datos

Artículo 31: Estadísticas y recopilación de datos

Indicadores de estructura 31.1 Legislación promulgada que regule el sistema nacional de estadística coordinado por la oficina nacional de estadística,  y que: – cumpla...

Artículo 32: Cooperación internacional

Artículo 32: Cooperación internacional

Indicadores de estructura 32.1 La legislación y políticas adoptadas sobre acuerdos de cooperación internacional (bilaterales o multilaterales) relacionadas con el desarrollo sostenible, incluida la...

Artículo 33: Aplicación y seguimiento nacionales

Artículo 33: Aplicación y seguimiento nacionales

Indicadores de estructura 33.1 Designación legal o reglamentaria de uno o más puntos focales dentro del gobierno (en todas las ramas y niveles del...