Indicadores de estructura
26.1 Legislación promulgada para proporcionar acceso a los servicios de habilitación y rehabilitación a todas las personas con discapacidad, en línea con el enfoque de discapacidad basado en los derechos humanos y que:
– prohíba la discriminación contra las personas con discapacidad por razón de su discapacidad, incluyendo la denegación de ajustes razonables, o por cualquier otro motivo, como la nacionalidad y la condición de migrante.
-Establezca de manera explícita el derecho a otorgar y rechazar el consentimiento libre e informado, protegiendo a las personas con discapacidad de servicios de habilitación o rehabilitación impuestos.
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Incumplido. | No se encuentra explicitada la denegación de ajustes razonables como acto discriminatorio. La protección del derecho a otorgar o denegar el consentimiento en atenciones de salud está debilitado por las excepciones a la regla que la misma ley establece y por la instalación del sistema de sustitución de la voluntad en nuestro ordenamiento jurídico. | El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador. |
26.2 Adopción de una estrategia o un plan nacional para organizar, reforzar y ampliar servicios de habilitación y rehabilitación integrales, intersectoriales, accesibles y asequibles, incluyendo el apoyo entre pares.
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Incumplido. | No es posible verificar el contenido específico del Plan Nacional de Rehabilitación. | La estrategia o el plan debe:-abarcar a todas las personas con discapacidad, con independencia del tipo de discapacidad, el sexo o la edad;- excluir o eliminar los criterios económicos para tener acceso a los servicios de habilitación y rehabilitación;- asegurar que los servicios estén basados en los principios de participación e inclusión de las personas con discapacidad;- asegurar un enfoque intersectorial cuando se trate de organizar, reforzar y ampliar los servicios, en particular en los ámbitos de la salud, el empleo, la educación y los servicios sociales;- asegurar que la prestación de los servicios se base en una evaluación multidisciplinaria de las necesidades y las fortalezas individuales;- asegurar la accesibilidad, la prestación puntual y la continuidad de los servicios, en la comunidad o lo más cercano posible a esta;- incluir medidas para desarrollar, apoyar y fortalecer diversos programas de apoyo entre pares;- incluir capacitación para los padres y madres de los niños con discapacidad que reciben servicios de intervención temprana;- garantizar una asignación adecuada de recursos, incluyendo a la cooperación internacional. |
26.3 Designación de autoridades independientes para que se encarguen del monitoreo y la inspección regulares de todas las instalaciones públicas y privadas y los programas diseñados para ofrecer servicios de habilitación y rehabilitación a niños y adultos con discapacidad, con competencia para iniciar procedimientos legales relativos a la aplicación de las normas relativas, incluyendo la prevención y la lucha contra la violencia.
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En cumplimiento. | La Subsecretaría de Redes Asistenciales es la encargada de coordinar, supervisar y regular los servicios de salud que se prestan en el país, incluyendo los servicios de rehabilitación. Entre las funciones de esta entidad se encuentran la fiscalización y acreditación de los centros de salud públicos y privados, así como la elaboración de normativas y estándares de calidad para la atención de salud | El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador. |
26.4 Adopción de una estrategia o política nacional o ley para promover la disponibilidad, el conocimiento y el uso de dispositivos y tecnologías de apoyo para las personas con discapacidad que se relacionen con la habilitación y la rehabilitación, incluso a través de procedimientos de contratación pública.
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Incumplido. | No se verifica la existencia de una estrategia, política o ley en el sentido del indicador.Sobre la Red Nacional mencionada, no es posible acceder a más contenidos sobre sus objetivos, integrantes, acuerdos, compromisos u otros antecedentes que permitan confirmar la observancia del indicador. | El plan debería incluir la realización y promoción de la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías, incluidas las tecnologías de la información y las comunicaciones, ayudas para la movilidad, los dispositivos y las tecnologías de asistencia, dando prioridad a las de costo asequible. |
26.5 Disposiciones legales y reglamentarias para facilitar el acceso de las personas con discapacidad a dispositivos y tecnologías de apoyo de calidad y asequibles, diseñadas para las personas con discapacidad, en tanto se relacionen a la habilitación y la rehabilitación.
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En cumplimiento. | La ley 20.422 establece exenciones arancelarias a la importación de equipos, medicamentos y elementos necesarios para la terapia y rehabilitación de personas con discapacidad (Art. 49)El Art. 62 de la misma ley indica como una de las funciones de SENADIS, la de financiar, total o parcialmente, ayudas técnicas y servicios de apoyo requeridos por una persona con discapacidad para mejorar su funcionalidad y autonomía personal, considerando dentro de los criterios de priorización el grado de la discapacidad y el nivel socioeconómico del postulante. Bajo esta normativa, SENADIS financia el Programa de Ayudas Técnicas que comprende una serie de elementos o implementos requeridos por una persona con discapacidad para prevenir la progresión de la misma, mejorar o recuperar su funcionalidad, o desarrollar una vida independiente. | El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador. |
Indicadores de proceso
26.6 Número de profesionales que han recibido capacitación y certificación para ofrecer servicios de habilitación y rehabilitación en línea con lo dispuesto en la CDPD, incluyendo el enfoque basado en los derechos humanos, desagregado por tipo de profesional, sector de práctica y ubicación geográfica.
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26.7 Presupuesto asignado y gastado en promover la disponibilidad de dispositivos y tecnologías de apoyo diseñados para personas con discapacidad, en tanto tengan relación con la habilitación y la rehabilitación, incluso a través de procedimientos de contratación pública.
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Resultado indicador | Observaciones | Notas del comité |
$5.430.435.885 | Corresponde a los siguientes programas del año 2022: – Programa ayudas técnicas – Programas Chile Solidario – Centros Comunitarios de rehabilitación | El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador. |
26.8. Campañas y actividades de sensibilización para difundir información en formatos accesibles para las personas con discapacidad, sus familias, los profesionales pertinentes y el público en general, sobre los derechos existentes y las ofertas que disponen las personas con discapacidad en el ámbito de la habilitación y la rehabilitación, incluyendo servicios y dispositivos y tecnologías de apoyo relacionados.
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Resultado indicador | Observaciones | Notas del comité |
3 | 2021/2022: “Campaña digital para las redes sociales de SENADIS”. 2022: “Campaña Mi Decisión Mi Credencial.” | Las campañas de concienciación deben adoptar un enfoque basado en los derechos humanos para promover a las personas con discapacidad como titulares de derechos (y no como pacientes u objetos de caridad y atención). Además, deben adoptarse medidas proactivas para evitar que se refuerce un enfoque caritativo o que se patologice la visión de la discapacidad, por ejemplo, mediante actos públicos de entrega de dispositivos o tecnologías de asistencia. Véanse los indicadores del artículo 8. Las campañas generales de concienciación deben tener por objeto informar a los usuarios finales de los servicios disponibles y de sus derechos, y las campañas más personalizadas deben tener por objeto cambiar las actitudes de rehabilitación |
26.9 Procesos de consulta llevados a cabo para asegurar la participación activa de las personas con discapacidad, incluyendo las organizaciones que las representan, en el diseño, implementación y monitoreo, en coordinación con las autoridades independientes designadas a tal efecto, de leyes, reglamentos, políticas y programas relacionados con la provisión de servicios de habilitación y rehabilitación y dispositivos de apoyo relativos.
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26.10 Proporción de denuncias recibidas en relación con el derecho a los servicios de habilitación y rehabilitación que han sido investigadas y resueltas; proporción de las mismas resueltas a favor del denunciante, y proporción de estas últimas cumplidas por el gobierno o el responsable; todas ellas desagregadas por tipo de mecanismo.
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Indicadores de resultado
26.11 Número y proporción de personas con discapacidad que tienen acceso a servicios de rehabilitación (basado en el indicador de la OMS y del IDDC), desagregado por edad, sexo, discapacidad, tipo y sector de servicio y ubicación geográfica.
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26.12 Número y proporción de personas con discapacidad que hayan necesitado servicios de rehabilitación en los últimos 12 meses y que no obtuvieron los servicios que necesitaban (basado en el indicador de la OMS y el IDDC), desagregado por edad, sexo, discapacidad, tipo y sector de servicio y ubicación geográfica.
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26.13 Nivel de satisfacción de las personas con discapacidad con los servicios de habilitación y rehabilitación recibidos, desagregado por edad, sexo, discapacidad, tipo y sector de servicio y ubicación geográfica.
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26.14 Número y proporción de personas con discapacidad que tienen acceso a dispositivos y tecnologías de apoyo apropiados para sus necesidades, desagregados por edad, sexo, discapacidad, tipo de producto y ubicación geográfica (basado en el indicador de la OMS y el IDDC).
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20.15 Número de personas con discapacidad que se benefician de medidas específicas, como exenciones tributarias y aduaneras, o ayudas económicas y subsidios, para acceder a dispositivos y tecnologías de apoyo específicamente con fines de habilitación y rehabilitación, desagregado por edad, sexo, discapacidad, ubicación geográfica y tipo de medida.
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26.16 Número y proporción de personas con discapacidad que utilizan dispositivos y tecnologías de apoyo, desagregado por edad, sexo, discapacidad, tipo de producto y ubicación geográfica (basado en el indicador de la OMS y el IDDC).
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