Indicadores de estructura
9.1 Legislación promulgada que garantice el derecho al acceso, en igualdad de condiciones con los demás, al entorno físico, el transporte, los servicios, la información y las comunicaciones, incluidas las TIC, y a otras instalaciones y servicios abiertos o prestados al público, tanto en las zonas urbanas como en las rurales.
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En cumplimiento | – La Ley 20.422 en su art. 3 establece como parte de sus principios rectores los de vida independiente, accesibilidad y diseño universal. Así mismo, en el Párrafo 1º del Título IV establece Medidas de Accesibilidad referentes a eliminación de barreras arquitectónicas, promoción de la accesibilidad universal, ajustes necesarios, acceso a edificios y espacios de uso público, programas habitacionales, medios de transporte público, diseño de estacionamientos, rotulación de productos, puestos comerciales, entre otros. – El 4 de marzo de 2016 se publica el DS 50 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que modifica la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, con el objeto de dar cumplimiento a la Ley 20.422 sobre accesibilidad y diseño universal. Dicho reglamento establece las normas a las que deberán sujetarse las obras y edificaciones, viviendas destinadas a PcD, estacionamientos en espacios públicos y edificios, acceso a los medios de transporte público y a los bienes nacionales de uso público. -La Ley 21.545 (TEA) dispone que el Estado considerará impulsar medidas orientadas por el principio de accesibilidad universal en el ejercicio del derecho de acceso a la información. Para ello, se adoptarán progresivamente mecanismos y formatos para hacer la información accesible a las personas con trastorno del espectro autista de la forma más autónoma y natural posible, en el marco de las atribuciones y recursos que contemple la legislación vigente. | El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador. |
9.2 La legislación sobre transporte aéreo, ferroviario, marítimo y fluvial y por carretera de pasajeros incorpora estándares obligatorios de accesibilidad.
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Cumplimiento parcial | El cumplimiento se considera parcial, toda vez que si bien existe normativa específica al respecto, la misma contempla excepciones que debilitan la protección de la accesibilidad universal. – El reglamento exceptúa de su aplicación a naves dedicadas al transporte de personas dentro de un mismo puerto, radas o bahías, o aquellas con fines recreativos o de turismo. Así mismo, exceptúa a vehículos considerados como patrimonio cultural o histórico, y los destinados a fines meramente turísticos o de recreación. – Si bien en transporte aéreo existe un reglamento específico que introduce prohibiciones y obligaciones de las empresas aéreas, el art. 132 del Código Aeronáutico mantiene vigente el derecho del transportador de rehusar o condicionar el transporte de pasajeros que requieran atención o cuidado especial durante el viaje. | El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador. |
9.3 La legislación sobre construcción y planificación, incluyendo los requisitos para otorgar la autorización, incorpora estándares obligatorios de accesibilidad sobre el entorno físico y los servicios abiertos al público (Ibid. 20.7)
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En cumplimiento | – El 4 de marzo de 2016 se publica el DS 50 que modifica el Decreto 47 que fija el nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, con el objeto de dar cumplimiento a la Ley 20.422 sobre accesibilidad y diseño universal. Así, en el art.28 inc 5 de la Ley 20.422 se indica que la fiscalización del cumplimiento de la normativa establecida, tanto en el momento de otorgar un permiso de edificación y su recepción, como durante el uso de las referidas obras, edificaciones, parques, plazas o áreas verdes, públicos y privados de uso público, y sus instalaciones, será de responsabilidad de las direcciones de obras municipales que deberán denunciar su incumplimiento ante el juzgado de policía local. | El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador. |
9.4 Marco legal que establezca estándares obligatorios de accesibilidad a la información y a las comunicaciones tanto para agentes públicos como privados que proporcionen información y servicios al público en general, incluyendo los medios de comunicación masiva, internet y las redes sociales. (Ibid. 21.1.2)
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En cunplimiento parcial | Se considera cumplimiento parcial toda vez que el reglamento contiene algunas excepciones que debilitan el marco legal establecido, entre ellas, la programación emitida entre 1 y 6 am, programas en idiomas distintos del español, programas musicales, programas deportivos, programas dirigidos a niños y niñas menores de 4 años de edad, programas producidos, grabados, editados o postproducidos con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del reglamento. No se encuentra normativa aplicable a internet y redes sociales. | Este indicador se refiere, por ejemplo, a las disposiciones sobre accesibilidad en la legislación sobre telecomunicaciones, los códigos de radiodifusión, regulaciones conexas y lo referido a Internet, las tecnologías digitales, el teléfono, incluidos los servicios de retransmisión de telecomunicaciones y la telefonía móvil. “Redes sociales” incluye sitios web, plataformas en línea y aplicaciones móviles |
9.5 Legislación que regula los servicios de emergencia, incluidos los planes de emergencia y refugios, incorpora estándares obligatorios de accesibilidad.
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Incumplido | La normativa que establece y regula el nuevo sistema de prevención y respuesta ante desastres no contempla disposiciones relativas a accesibilidad ni a discapacidad en general. | El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador. |
9.6 Legislación que regula la información y las comunicaciones gubernamentales destinadas al público en general garantiza el pleno acceso a los sitios web y a las aplicaciones del sector público, así como la disponibilidad de la información gubernamental en formatos alternativos.
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En cumplimiento | – El Art. 25 inc 2 de la Ley 20.422 señala que las campañas de servicios públicos financiadas con fondos públicos, campañas electorales, debates presidenciales y cadenas nacionales deben transmitirse subtitulados y en lenguaje de señas. – El Decreto 1 que aprueba norma técnica sobre sistemas y sitios web de los órganos de la administración del Estado del Ministerio de la Secretaría General de la Presidencia , dispone en su Art.5 que para el desarrollo o implementación de los sistemas web y sitios web deberán aplicarse estándares de desarrollo, compatibilidad y las principales directrices de las normas internacionales y nacionales sobre accesibilidad universal, de manera de permitir su acceso, en igualdad de oportunidades, a personas en situación de discapacidad. | El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador. |
Indicadores de proceso
9.8 Número y proporción de unidades de servicios de transporte que sean accesibles para las personas con discapacidad, desagregado por tipo de transporte (por ejemplo, autobús, tren, tranvía, metro, taxi, etc.) y por tipo de servicio (por ejemplo, servicio público/servicio privado).
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9.9 Medidas para promover y asegurar el acceso a servicios de transporte alternativos y accesibles para las personas con discapacidad.
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9.10 Número y proporción de edificios e instalaciones públicas o gubernamentales existentes que cumplen con los estándares de accesibilidad.
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9.11 Número y proporción de edificios recién construidos que cumplen los estándares de accesibilidad.
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9.12 Proporción de páginas web gubernamentales que cumplen los estándares de accesibilidad. (Ibid. 21.15)
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9.13 Proporción de transmisiones televisivas, y proporción del tiempo durante el cual incluyen interpretación en lenguaje de señas, audiodescripción, subtitulación y otras funciones relacionadas con la accesibilidad, desagregados por titularidad de los medios de comunicación (privados/públicos), tipo de contenido (noticias/otro tipo de programación, incluyendo programas infantiles) y herramientas de accesibilidad ofrecidas.
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9.14 Proporción del contenido disponible en los servicios “a pedido” o no lineales (por ejemplo, servicios de vídeo a la carta) que incluye interpretación en lenguaje de señas, audiodescripción y otras funciones, herramientas y medios relacionados con la accesibilidad, desagregados por la titularidad de los medios (privados/públicos) y herramientas de accesibilidad ofrecidas.
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9.15 Número de informes publicados en formatos accesibles por autoridades públicas dirigidos al público en general, desagregados por tipo de formato y por proporción en relación al número total de informes publicados. (Ibid. 21.16)
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9.16 Implementación de auditorías sobre accesibilidad en las instalaciones, servicios y programas gubernamentales que requieran la participación de personas con discapacidad y las organizaciones que las representan, incluyendo protocolos, procedimientos, servicios e instalaciones de emergencias.
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9.17 Adopción de guías sobre contratación pública que establezcan criterios de diseño universal y accesibilidad y que exijan que los productos y servicios incluyan diseño y componentes accesibles.
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9.18 Número y proporción de profesionales, en particular ingenieros, arquitectos, planificadores urbanos, operadores de transporte, diseñadores web, proveedores de servicios públicos, operadores de medios de comunicación, funcionarios de contratación pública y otros profesionales que hayan sido formados en diseño universal y estándares de accesibilidad.
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57 | Profesionales formados entre 2019 a 2021 | El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador. |
9.19 Campañas y actividades de concienciación que promuevan la accesibilidad en todos los servicios abiertos al público y que fomenten el conocimiento del diseño universal y de los estándares de accesibilidad por parte de los profesionales pertinentes, fabricantes y proveedores de servicios, así como también informar a las personas de sus derechos y responsabilidades cuando tengan que ver con la accesibilidad.
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Resultado indicador | Observaciones | Notas del comité |
2 | Campañas realizadas entre los años 2021 y 2022: “Academia Senadis” Objetivo: Capacitar sobre accesibilidad para funcionarios y funcionarias públicos/as Público objetivo: para funcionarios y funcionarias públicos/as “Avanza inclusión” Objetivo: Difusión de los cursos para capacitar, orientar y certificar gratuitamente a los equipos de Recursos Humanos o de Gestión de Personas, considerados agentes claves en los procesos de inclusión, con el fin de que puedan adquirir herramientas profesionales de inclusión laboral y aplicarlas al interior de su organización. Público objetivo: Empresas y organizaciones públicas. | El comité no entrega aclaraciones metodológicas para este indicador. |
9.20 Procesos de consulta llevados a cabo para asegurar la participación activa de las personas con discapacidad, incluyendo las organizaciones que las representan, en el diseño, la implementación y el monitoreo de leyes, reglamentos, políticas y programas, en relación con la accesibilidad al entorno construido, el transporte, la información y la comunicación.
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Resultado indicador | Observaciones | Notas del comité |
4 | Corresponde a los Diálogos Participativos Macrozonales desarrollados el año 2021 con los Consejeros y Consejeras Regionales de la Sociedad Civil de SENADIS, como parte de la formulación del Plan Nacional de Accesibilidad Universal. | Este indicador requiere la verificación del cumplimiento de las actividades concretas emprendidas por las autoridades públicas para involucrar a las personas con discapacidad en los procesos de toma de decisiones relacionados con cuestiones que les afectan directa o indirectamente, de conformidad con el artículo 4.3 de la CDPD y la Observación general N.º 7 del Comité, incluidas reuniones de consulta, sesiones informativas técnicas, encuestas de consulta en línea, solicitud de comentarios sobre proyectos de ley y políticas, entre otros métodos participativos. A este respecto, los Estados deben: – asegurar que los procesos de consulta sean transparentes y accesibles- garantizar que se entregue información adecuada y accesible – no retener información, condicionar o impedir que las organizaciones de personas con discapacidad expresen libremente sus opiniones. – incluir tanto a las organizaciones registradas como a las no registradas. – garantizar una participación temprana y continua. – cubrir los gastos relacionados de los participantes. |
9.21 Proporción de denuncias recibidas que han sido investigadas y resueltas referidas a la accesibilidad de personas con discapacidad; proporción de las mismas resueltas a favor del denunciante, y proporción de estas últimas cumplidas por el gobierno o el responsable; todas ellas desagregadas por tipo de mecanismo.
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Indicadores de resultado
9.22 Proporción de la población que tiene acceso sin inconvenientes al transporte público, desagregado por sexo, edad y personas con discapacidad (indicador 11.2.1 de los ODS).
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Variable | Categoría | Sexo | ||
Hombre | Mujer | Total | ||
Condición de discapacidad | Nacional con discapacidad | 93,1% | 94,0% | 93,6% |
Nacional sin discapacidad | 94,0% | 94,3% | 94,1% | |
Tipo de dificultad | Visual | 93,3% | 94,5% | 94,0% |
Auditiva | 92,7% | 93,5% | 93,2% | |
Física | 92,3% | 93,9% | 93,3% | |
Cognitiva | 93,5% | 94,1% | 93,8% | |
Comunicativa | 94,4% | 93,8% | 94,1% | |
Cuidado personal | 93,6% | 93,7% | 93,7% | |
Región de Residencia | Metropolitana | 98,2% | 98,0% | 98,1% |
Arica y Parinacota | 93,9% | 97,2% | 95,7% | |
Tarapacá | 94,3% | 94,1% | 94,2% | |
Antofagasta | 94,7% | 95,3% | 95,0% | |
Atacama | 93,3% | 93,5% | 93,4% | |
Coquimbo | 91,7% | 93,2% | 92,6% | |
Valparaíso | 94,4% | 95,0% | 94,8% | |
O’higgins | 89,7% | 91,8% | 90,9% | |
Maule | 87,5% | 91,3% | 89,6% | |
Ñuble | 87,7% | 86,9% | 87,2% | |
Bío Bío | 93,1% | 93,6% | 93,4% | |
Araucanía | 86,1% | 90,1% | 88,4% | |
Los Ríos | 82,9% | 81,0% | 81,9% | |
Los Lagos | 81,4% | 82,5% | 82,0% | |
Aysén | 93,3% | 90,1% | 91,5% | |
Magallanes | 96,6% | 96,3% | 96,4% | |
Pertinencia a Pueblos Originarios | Pertenece a un pueblo originario | 86,9% | 87,7% | 87,4% |
No pertenece a un pueblo originario | 93,6% | 94,5% | 94,2% |
9.23 Proporción media de la superficie construida de las ciudades que se dedica a espacios abiertos para uso público general, desagregada por sexo, edad y personas con discapacidad (indicador 11.7.1 de los ODS).
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9.24 Proporción de personas con discapacidad que declaran poder acceder a edificios públicos en zonas urbanas y rurales, incluidos edificios gubernamentales en capitales nacionales y regionales.
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9.25 Proporción de individuos que utilizan internet (indicador 17.8.1 de los ODS) desagregada por edad, sexo y discapacidad.
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Variable | Categoría | Sexo | ||
Hombre | Mujer | Total | ||
Condición de discapacidad | Nacional con discapacidad | 61,2% | 62,6% | 61,9% |
Nacional sin discapacidad | 80,5% | 75,8% | 79,2% | |
Tipo de dificultad | Visual | 82,2% | 68,0% | 73,4% |
Auditiva | 52,0% | 60,2% | 56,0% | |
Física | 54,6% | 59,9% | 57,1% | |
Cognitiva | 100% | 72,6% | 82,2% | |
Comunicativa | 100% | 71,3% | 80,5% | |
Cuidado personal | No datos | No datos | No datos | |
Región de Residencia | Metropolitana | 62,9% | 63,9% | 63,4% |
Arica y Parinacota | 63,0% | 62,0% | 62,5% | |
Tarapacá | 82,3% | 69,2% | 73,7% | |
Antofagasta | 0% | 58,9% | 46,6% | |
Atacama | 79,9% | 42,0% | 61,4% | |
Coquimbo | 22,5% | 70,4% | 54,3% | |
Valparaíso | 69,9% | 65,6% | 67,6% | |
O’higgins | 49,1% | 46,4% | 47,6% | |
Maule | 24,9% | 84,7% | 47,3% | |
Ñuble | No datos | No datos | No datos | |
Bío Bío | 70,7% | 60,4% | 65,1% | |
Araucanía | 65,2% | 82,7% | 76,8% | |
Los Ríos | 54,8% | 49,9% | 52,3% | |
Los Lagos | 100% | 17,5% | 50,4% | |
Aysén | 53,6% | 52,8% | 53,1% | |
Magallanes | 31,1% | 100% | 68,4% | |
Pertinencia a Pueblos Originarios | Pertenece a un pueblo originario | 60,2% | 61,8% | 61,1% |
No pertenece a un pueblo originario | 61,3% | 62,7% | 62,0% |
9.26 Proporción de personas con discapacidad que declaran estar satisfechos con el acceso a los servicios de emergencia a través de medios de comunicación alternativos, desagregados por sexo, edad y discapacidad.
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No se tiene información para construir el indicador.
9.27 Proporción de personas con discapacidad a las que se ha otorgado el uso de comunicaciones alternativas en interacciones oficiales, desagregadas por tipo de servicio público utilizado, edad, sexo y discapacidad.
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